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Preocupa a CEDHNL validez de inspección de personas y vehículos

Redacción/SV

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León se suma al pronunciamiento de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, respecto a la discusión que se sostiene en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con relación a la declaración de validez de la inspección de personas y vehículos.

“El no requerir la autorización judicial para proceder a la inspección de personas y de vehículos fuera de la flagrancia, es una situación que debe ser analizada en razón del estricto cumplimiento de los principios en materia de Derechos Humanos”, señala el organismo en un comunicado.

El organismo precisa que la inspección de personas y vehículos en opinión de esta CEDHNL, vulnera fundamentalmente el derecho a la libertad y seguridad personales, derecho reconocido en la Constitución y que ninguna ley secundaria puede trasgredir.

Sobre este particular y en este mismo sentido se han pronunciado diversos organismos del sistema universal y del sistema interamericano de Derechos Humanos.

En este aspecto, el organismo coincidió que también se vulneraron los derechos de presunción de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica y el principio de legalidad, puesto que bajo la simple existencia de una sospecha razonable, la autoridad policial podrá inspeccionar a las personas y los vehículos.

“El realizar revisiones a personas y vehículos bajo el argumento de que se está aplicando el concepto de control preventivo provisional de manera autónoma, es inadmisible, pues es una categoría que únicamente  aplica a la detención en flagrancia”, detalla el organismo.

“Esta extensión a las facultades de las Policías, en opinión de la CEDHNL es sumamente preocupante, pues la instauración del nuevo sistema de justicia penal se encuentra en un proceso de consolidación y estas disposiciones anulan el impulso de los principios de progresividad, oportunidad  y certeza jurídica”.

Finalmente, la CEDHNL reafirmó su compromiso en la divulgación y observancia de los derechos humanos que se ordenan a todas las autoridades en el artículo primero Constitucional.

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