Brindarán atención integran a mujeres embarazadas
Redacción/SV
Con el fin de ofrecer una atención integral de la mujer en estado de embarazo, el parto y el puerperio, mediante medidas de prevención y tratamiento oportuno en cuestiones de salud, el Congreso del Estado aprobó reformar la Ley de Protección al Parto Humanizado y a la Maternidad Digna del Estado de Nuevo León.
La diputada Gabriela Govea presentó en Tribuna el Dictamen de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables.
“Se reforman la fracción VII del artículo 15; la fracción XIII del artículo 21; el inciso b) y c) de la fracción I y la fracción III y IV del artículo 35; y se adicionan una fracción XIV al artículo 21; una Sección Cuarta denominada “Después del Parto” al Capítulo III que contiene un artículo 23 bis; un inciso d) a la fracción I, y una fracción V al artículo 35; un Capítulo VIII denominado “De la Atención Integral y el Cuidado de la Salud Mental de la Mujer en Casos de Duelo por Pérdida Gestacional o Perinatal” que contiene los artículos 45, 46 y 47, todos de la Ley de Protección al Parto Humanizado y a la Maternidad Digna del Estado de Nuevo León”, informó la legisladora.
Entre las modificaciones aprobadas esta que se brinde apoyo psicológico o psiquiátrico durante el embarazo, después del parto y en el supuesto en el que sufra un evento de muerte gestacional o neonatal, a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y la Secretaria de Salud del Estado, por el tiempo que el especialista señale. Esta ayuda deberá hacerse extensiva al padre, madre y demás familiares, principalmente, cuando la madre sea menor de edad.
Que se les realice una valoración de riesgo de problemas de salud mental durante el embarazo, con la finalidad de prevenir y en su caso, atender estas condiciones y sus trastornos conexos; y a ser informada sobre el sistema de orientación y quejas disponible para inconformarse por la prestación de los servicios de salud.
También se aprobó proporcionar atención para la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de cualquier trastorno mental asociado al post parto, a través de los servicios de la Secretaría de Salud y del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y Municipios, así como de la Red de Atención del Sistema Estatal de Salud Mental, en términos de los artículos 40 y 41 de la Ley de Salud Mental para el Estado de Nuevo León.
Además, implementar campañas permanentes de concientización y atención médica sobre la preeclampsia y la eclampsia, promoviendo la realización de pruebas de control prenatal desde el primer trimestre del embarazo. Asimismo, canalizar de forma inmediata a las pacientes que presenten signos de estas condiciones hacia las instituciones de salud correspondientes, para su atención adecuada y oportuna.
Así como brindar atención integral en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal.
El dictamen fue aprobado por unanimidad por los legisladores.