Establecerán tiempos más cortos para trámites
Redacción/SV
El Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria y la Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León, en relación a los tiempos establecidos para realizar trámites ante las dependencias gubernamentales.
La diputada Nancy Olguín presentó en tribuna el dictamen, que fue aprobado por unanimidad por los Legisladores presentes.
La presente modificación consiste en la generación de normas claras, trámites y servicios simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, orientados al óptimo funcionamiento de las actividades: comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en su conjunto; cuyo propósito radica en procurar los mayores beneficios para la sociedad con los menores costos posibles, mediante la formulación normativa de reglas e incentivos que estimulen: la innovación, la confianza en la economía, la productividad, la eficiencia y la competitividad a favor del crecimiento, bienestar general y desarrollo humano.
“Analizando la iniciativa sometida a consideración y atendiendo a la Exposición de Motivos, evidenciamos que ciertamente el tiempo que se Ileva cada tramite en materia de mejora regulatoria, no se encuentra bien definido por las dependencias, lo cual impide una clara certeza en la cual se pueda resolver o atender el tramite o tramites que se realicen ante ellos, que si bien es cierto, se creó la ventanilla única, utilizando las tecnologías de Ia información de la comunicación, sin embargo, con los tiempos sin definir por parte de la autoridad competente, ya sea la del gobierno del estado o Ia de los ayuntamientos es indispensable el que se establezca en la ley que los titulares estarán sujetos a publicar los tiempos que se instituyen para los tramites que se realizaran ante dicha dependencia”, señaló la Diputada Olguín.
Se logrará que los sujetos obligados, estatales o municipales, establezcan plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en Leyes o reglamentos, los cuales deberán ser publicados en los organismos oficiales indicados; además dichos plazos deberán estar colocados a la vista de los usuarios que acudan a realizar algún tipo de trámite; así mismo, podrán no exigir la presentación de datos y documentos previstos en las disposiciones legales.