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Desafuero del Presidente de la República es un hecho histórico: Paola González

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, el dictamen a la minuta que reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, para precisar que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, podrá ser acusado por actos de corrupción, delitos electorales y los contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 de la Carta Magna.

Dicho párrafo puntualiza que éstos son: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción, ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquier modalidad, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Ante esto, la diputada federal por Nuevo León, Sandra Paola González Castañeda, reconoció que el hecho es histórico debido a que en ninguna otra legislatura, ni ningún otro grupo parlamentario, había realizado dicho acto, siendo una muestra de que Morena sí va por un cambio real en pro de la ciudadanía mexicana.

“Es un día histórico que nunca pensamos que esto podría cumplirse, esto marca una pauta muy importante para nuestro país, es un hecho histórico. Decir que esto representa un paso muy importante para el verdadero cambio, para hacer ver que no somos los mismos de siempre, jamás se hubiera aprobado algo de esta naturaleza con ningún partido político mayoritario que no fuera Morena, esto es demostrarles que somos un cambio auténtico, y que vamos por todos los cambios.”, puntualizó.

La diputada agregó que esto es para que la ciudadanía perciba que Morena, junto con todas y todos los que están dignificando el servicio público, están cumpliendo con lo que se dijo y “sobre todo renunciando a cosas que inimaginablemente hubieran renunciado los demás, jamás, por eso están enojados, están pataleando, por eso es importante remarcar que no somos priistas, ni primor, aunque siga habiendo muchos infiltrados. Esto es una pieza fundamental para decir que no somos los mismos, y que se acabaron todos los privilegios, porque eso lastimaba muchísimo a la ciudadanía.”, concluyó.

Asimismo, en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, los cometidos con medios violentos como armas y explosivos, en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, así como los graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

En cuanto al artículo 111 constitucional, se precisa que, para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, el Senado de la República resolverá con base en la legislación penal aplicable.

El documento avalado por 420 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones y devuelto al Senado de la República, resalta que la finalidad es avanzar gradualmente en la eliminación del fuero de los servidores públicos y de quienes lo ostentan, para contribuir a desaparecer esa brecha entre inmunidad e impunidad, provocada principalmente por los altos grados de corrupción en México, entre otras conductas delictivas establecidas en el artículo 19 de la Constitución Política y otros ordenamientos jurídicos y procesales.

Considera que la inmunidad debe limitarse a la libertad personal de cada uno de los integrantes titulares de tales órganos para que éstos, bajo cualesquiera circunstancias, funcionen con normalidad y no afecten el cumplimiento del servicio público.

Lo anterior, sin que favorezca la persecución política de los propios servidores públicos ni impacte en la estabilidad de la función que desempeñan o intervenga en la capacidad de decisión de los servidores públicos.

El fuero ya no puede ser considerado durante más tiempo como privilegio conferido a determinados servidores públicos; las responsabilidades que deben cumplir no pueden ser omitidas, aun durante el periodo que dure su encargo.

La principal razón es no continuar salvaguardando al servidor público con la excusa de que se hace al cargo o por eventuales acusaciones sin fundamento.

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