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Desecha TEPJF queja del PRI contra Samuel García

(Especial).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de desechar una queja del PRI en contra del ahora gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, por un supuesto rebase de tope gastos de campaña al presuntamente no haber reportado transacciones para publicidad y por un aparente pago a Google por más de 49 millones de pesos para propaganda en internet.

El 22 de julio, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral determinó desechar la queja porque el partido nunca presentó pruebas para comprobar los gastos que, acusaba, no se habían reportado.

El proyecto de la Sala Superior del TEPJF determinó que, contrario a lo afirmado por el PRI, la autoridad no basó el desechamiento de la queja en que se presentaron pruebas del portal electrónico del INE, sino en que en general el partido no presentó pruebas para sustentar sus aseveraciones, aún a nivel indiciario.

El PRI señaló que la autoridad electoral no debió desechar la queja y que dicha determinación no está fundada. En su escrito de queja aseguró –a partir de la información obtenida del reporte de ingresos y gastos rendidos por el candidato– que se rebasó el tope de gastos, puesto que se reportaron erogaciones de propaganda en las páginas de internet por alrededor de 16.8 millones de pesos.

Añadió que en 2021 existieron presuntas operaciones de compra, venta y transacciones bancarias de particulares como la empresa Google a favor de Movimiento Ciudadano y la campaña de Samuel García por un monto superior a los 49 millones de pesos.

El PRI acusó que con estas operaciones resultaba factible apreciar una forma de evitar el reporte del gasto de campaña erogado en los servicios de internet que prestan diversas páginas de internet, como Google y YouTube.

Destacó que esto permitió al actual virtual ganador una mayor presencia, alcance e impacto. Sin embargo, la Sala Superior destacó este viernes que el desechamiento de la queja fue apegado a derecho, porque el denunciante no ofreció pruebas para sustentar sus dichos, cuando menos a nivel indiciario, por lo que en términos de la normatividad se le previno sobre esto, pero subsistió la ausencia de elementos para iniciar una investigación.

Y al no contar con pruebas que evidenciaran la existencia de propaganda digital específica a favor del partido se desechó el asunto.

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