Propone Claudia Tapia sancionar lucro en venta de insumos anti-COVID
Redacción/SV
La diputada Claudia Tapia presentó una iniciativa que propone sancionar como delito el lucro excesivo en la venta de insumos, tanques de oxígeno y demás equipo médico, utilizado para afrontar la pandemia del COVID-19.
“Ante la dura y delicada situación que estamos viviendo con motivo de la pandemia, se ha estado presentando una problemática que agrava más la vida de quienes sufren los estragos de estos contagios”.
“Me refiero al lucro desproporcionado que realizan personas y/o negocios, con la venta de insumos necesarios para cuidar lo más sagrado que tenemos las personas: la salud. Estoy segura de que se debe sancionar por la vía penal a los oportunistas”, destacó la legisladora.
Señaló que tan sólo la Profeco ha informado que en las últimas 3 semanas, ha aumentado en un 700% la venta de estos productos y que han cancelado junto con la policía cibernética 1,050 perfiles de Facebook y 100 proveedores de comercio electrónico que se dedicaban a estafar a la población, que necesita estos insumos para su supervivencia.
Dijo que con la iniciativa que presentó, se pretende reformar por adición de las fracciones III, IV y V al artículo 430 del Código Penal para el Estado de Nuevo León.
Así, se estaría sancionando por el delito en contra del consumo a quienes: Produzcan, distribuyan, renten o vendan en la entidad cualquier mercancía o producto atribuyéndole cualidades o usos que no tiene. También si acaparan, ocultan o de manera injustificada retiran del mercado cualquier insumo, producto o equipo médico, con el objeto de obtener un alza en los precios o afectar el abasto a los consumidores de la entidad.
También a quienes vendan o renten con inmoderado lucro algún producto o mercancía, cuya utilidad sea indispensable para la salud y el bienestar de las personas en la entidad, estableciendo como agravante que esta conducta se cometa durante la duración del decreto de estado de emergencia sanitaria.
Destacó que la pena más baja que se propone es de uno a tres años y multa de cien a trescientas cuotas*, mientras que la más alta es de tres a seis años, y multa de cuatrocientas a ochocientas cuotas, esta última pena se aumentaría en una mitad cuando la conducta se realice durante la vigencia de una declaratoria de emergencia sanitaria por fuerza mayor.
“Se propone que en todos los casos el delito se persiga de oficio. Situaciones tan indignantes como ésta, deben ser castigadas”, apuntó Tapia Castelo.