Emite CPC recomendaciones para prevenir corrupción ante COVID-19
Redacción/SV
Con el fin de garantizar el ejercicio responsable, debido y eficiente en el manejo del gasto público ante la contingencia de salud por la pandemia del COVID-19, el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción de Nuevo León (SEANL) emitió 10 recomendaciones para prevenir hechos de corrupción ante la emergencia sanitaria que prevalece en la entidad, en México y a nivel mundial.
En sesión ordinaria el CPC, como órgano representativo de la ciudadanía aprobó la emisión de un pronunciamiento para exhortar a las autoridades estatales y municipales a que no se utilice la situación de contingencia actual para salirse de los ordenamientos legales y realizar las adquisiciones necesarias sin la transparencia que marca la ley.
“Se trata de hacer las recomendaciones a todos los entes públicos, tanto estatales como municipales, pero también de que se le dé un seguimiento puntual al ejercicio del gasto precisamente en cada uno de estos fondos, programas y adquisiciones.”
“Por lo pronto, los 10 rubros que contiene el Plan de Apoyo Económico Nuevo León COVID-19 deben en principio procurar apegarse a cada una de estas recomendaciones”, precisó Juan Carlos Gastelum, presidente del CPC.
Las recomendaciones son las siguientes:
1. Publicar en tiempo real en el micrositio del Covid-19 en la página de internet www.nuevoleon.gob.mx todas las adquisiciones que se hagan dentro del marco de contrataciones que se realicen en virtud de la Emergencia Sanitaria Covid-19;
2. Para cada adquisición, acompañar el desglose de precio unitario y el precio global, así como el Impuesto al Valor Agregado correspondiente;
3. Para cada adquisición, acompañar el destino, destinatarios y una justificación clara y detallada con los objetivos para dicha adquisición;
4. Para cada adquisición, incluir el nombre y cargo completo de quien realiza la requisición, el de su superior jerárquico inmediato y el del superior jerárquico de este, así como de quienes sean responsables de recibir los bienes y/o servicios;
5. Para cada Programa o Fondo de Apoyo publicar en tiempo real en el micrositio del Covid-19 en la página de internet www.nuevoleon.gob.mx el Objetivo y Presupuesto Asignado.
6. Para cada Programa o Fondo de Apoyo publicar la información respecto a otros recursos adicionales a los proporcionados por el Gobierno del Estado o del Municipio, según sea el caso, ya sean federales, privados o mixtos.
7. Para cada Programa o Fondo de Apoyo publicar la información en tiempo real con respecto de los mecanismos o instrumentos administrativos para ejecutarlos;
8. Para cada Programa o Fondo de Apoyo publicar la información sobre su clave presupuestaria para su debido seguimiento, así como los lineamientos o reglas de operación y requisitos para tener acceso a los beneficiarios, en su caso.
9. Para cada Programa o Fondo de Apoyo publicar la información en tiempo real con respecto de su cobertura territorial y sector demográfico a quien va destinado, así como su debido seguimiento.
10. Para cada Programa o Fondo de Apoyo publicar la información en tiempo real sobre los mecanismos de ejercicio y comprobación del gasto, así como la forma de transparentar la ejecución del recurso para su debida fiscalización.
Las recomendaciones se emitieron sin menoscabo de la obligatoriedad de la legislación aplicable en materia de adquisiciones y ejercicio del gasto público.
Por otra parte, para que los ciudadanos cuenten con una instancia de apoyo que les permita asesorarse de manera oportuna y eficaz ante posibles actos de corrupción por parte de funcionarios, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Nuevo León aprobó el Mecanismo de Orientación a la Ciudadanía Sobre la Presentación de Quejas por Faltas Administrativas y Hechos de Corrupción Cometidos por Servidores Públicos.
En la sesión ordinaria de este martes 7 de abril se aprobó el mecanismo que tiene como principal objetivo generar confianza y certeza en la ciudadanía y en los servidores públicos sobre la orientación para la debida presentación de posibles denuncias ante las autoridades correspondientes, por presuntas conductas que vulneren los principios y valores del servicio público, así como acciones por la presunta comisión de faltas administrativas o hechos de corrupción.
El documento consta de 3 capítulos: Disposiciones generales; Disposiciones para asesorar al quejoso sobre la posible presentación de denuncias ante las autoridades competentes y De los epígrafes.
El documento se turna a la Comisión Ejecutiva para su análisis y aprobación, para presentarse posteriormente ante el Comité Coordinador del SEANL.